Internamientos involuntarios: los cuatro requisitos que exige la ley
La psiquiatra Alexandra Hichez detalló los cuatro requisitos legales y advirtió que hay familiares que promueven ingresos por interés.
La especialista en salud mental Alexandra Hichez (imagen difundida por De Último Minuto). Foto: De Último Minuto.
El arresto de la psiquiatra Ylsa Quero —a quien se acusa de violencia de género y de ordenar ingresos e intervenciones sin el consentimiento de sus pacientes— destapó un debate que la ley ya tenía respondido: la especialista Alexandra Hichez explicó cuándo un internamiento forzoso es legal y cuándo es un delito.
Hichez recordó que la práctica se rige por la Ley General de Salud y la Ley Nacional de Salud Mental 12-06, y que existen tres tipos de internamiento: voluntario, involuntario y judicial. Para el involuntario enumeró cuatro requisitos que deben cumplirse juntos: estado de alteración severo y fuera de control; diagnóstico psiquiátrico grave, previo o en etapa de debut; riesgo inminente y peligro real para la propia integridad o la de quienes rodean al paciente; y una validación familiar amplia y objetiva —nunca la voluntad de un solo pariente—. El profesional, subrayó, está obligado a pedir el aval de otros familiares directos para que los derechos del paciente queden protegidos.
«Se ha demostrado que hay familiares que provocan o generan estos ingresos involuntarios para ganancias primaria o secundaria o una invalidación de la persona», advirtió. La especialista fue tajante con las entidades privadas y fundaciones que ejecutan retenciones sin la jerarquía ni la potestad correspondientes: incurren en un delito cuando actúan sin los protocolos estatales,
Fuente: De Último Minuto. Resumen redactado por nuestra redacción.La especialista en salud mental Alexandra Hichez (imagen difundida por De Último Minuto). Foto: De Último Minuto.


